Cómo Solicitar Beneficios Públicos

  • Medicaid
  • Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP o Estampillas)
  • Programa Especial de Nutrición Suplementaria para Mujeres, Bebés y Niños (WIC)
  • Asistencia Temporal Para Familias Necesitadas (TANF o NM Works) (efectivo para familias)
  • Asistencia General (efectivo para personas sin hijos)
  • Programa de Asistencia Energética para Hogares de Bajos Ingresos (LIHEAP)
  • Asistencia Para El Cuidado de Niños
  • Beneficios del Seguro de Desempleo

Las solicitudes pueden enviarse por correo, por fax o presentarse en persona en una oficina local de la División de Apoyo a los Ingresos (ISD). Para obtener una lista de las oficinas de la ISD más cercanas, llame al (505) 827-7250 o visite el sitio web del Departamento de Servicios Humanos.

El formulario de solicitud está disponible en: http://www.hsd.state.nm.us/LookingForAssistance/apply-for-benefits.aspx.

  • Si sólo va a solicitar Medicaid, visite aquí.
  • Si sólo está solicitando el Programa de Asistencia Energética para Hogares de Bajos Ingresos, visite aquí.
  • Si desea solicitar Asistencia Para El Cuidado de Niños, visite aquí:
  • Si está solicitando el Seguro de Desempleo, visite aquí.

Deberá presentar junto con su solicitud los documentos que acrediten su identidad, ingresos, gastos, residencia, etc. Para ver la lista de documentos, véase la página 16 del formulario de solicitud de beneficios en papel. En muchos casos, también deberá aportar el número de la Seguridad Social de la persona que recibirá la ayuda. Tenga en cuenta que los padres que solicitan prestaciones para sus hijos ciudadanos que reúnen los requisitos deben proporcionar el número de la Seguridad Social del niño, pero no necesitan proporcionar un número de la Seguridad Social para ellos mismos o para otros miembros del hogar que no sean solicitantes. Los solicitantes de Medicaid también deben proporcionar una prueba de ciudadanía o estatus migratorio para la persona que recibirá la cobertura, pero no para los padres u otros miembros de la familia no solicitantes.

La mayoría de los programas de beneficios públicos sólo están disponibles para determinados inmigrantes cualificados. Pero hay algunos programas que proporcionan asistencia independientemente del estado migratorio. Y recuerde que los miembros de la familia que son ciudadanos (como los niños) siempre pueden recibir beneficios, aunque sus padres u otros miembros de la familia no cumplan los requisitos del programa.

  • Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (Estampillas): A más tardar 30 días después de la fecha de la solicitud, o SNAP de emergencia en un plazo de 7 días.
  • Medicaid: A más tardar 45 días después de la fecha de la solicitud (la "presunta elegibilidad" para los niños y las mujeres embarazadas comienza inmediatamente).
  • TANF/NM Works (efectivo para familias): A más tardar 30 días después de la fecha de la solicitud.
  • Asistencia General: A más tardar 90 días después de la fecha de la solicitud.
  • LIHEAP (Programa de Asistencia Energética para Hogares de Bajos Ingresos): A más tardar 30 días después de la fecha de solicitud, y en un plazo de 48 horas en caso de crisis.

Puede solicitar los siguientes programas y obtener ayuda rápidamente si cumple con ciertos requisitos:

Asistencia alimentaria de emergencia (SNAP "expeditado"): Es posible que pueda obtener los beneficios de SNAP en un plazo de 7 días si:

  • sus ingresos son inferiores a 150 dólares al mes y no tiene más de 100 dólares en ahorros,
  • el alquiler o la hipoteca más los servicios públicos es superior a sus ingresos y ahorros mensuales, o
  • es un trabajador migrante (esto significa que viajas de un lugar a otro para trabajar).

Elegibilidad presunta de Medicaid: Los niños y las mujeres embarazadas pueden obtener inmediatamente la cobertura de Medicaid durante 60 días presentando una solicitud a través del ISD o a través de un proveedor de atención de salud que esté certificado para tomar decisiones de "presunta elegibilidad" (por ejemplo, hospitales, clínicas, enfermeras escolares, etc.). La cobertura comienza de inmediato, pero también debe completar la solicitud normal de Medicaid dentro de los 60 días para seguir obteniendo cobertura después de ese plazo.

Programa de Asistencia Energética para Hogares de Bajos Ingresos (LIHEAP): El LIHEAP de crisis puede ayudarle con los gastos de calefacción o refrigeración en un plazo de 48 horas si:

  • su servicio está a punto de ser desconectado,
  • su servicio ya ha sido desconectado, o
  • no tiene o tiene poco combustible.

Los siguientes consejos pueden ayudar a que su solicitud sea más sencilla:

  1. Busque todos los documentos que necesita para la solicitud, haga copias de ellos y preséntelos de una sola vez para evitar repetidos viajes a la oficina de la DSI.
  2. Pida siempre un recibo. La oficina de la DSI debe proporcionarle un recibo con la lista de todos los documentos que entregó para la solicitud. Esta es una herramienta muy útil para asegurar que su solicitud no sea rechazada indebidamente.
  3. Guarde copias de todos los documentos presentados y de todas las cartas o notificaciones de la DSI sobre el caso, incluidos los sobres que indican cuándo se envió el documento.
  4. Si cree que su solicitud ha sido denegada indebidamente, solicite una audiencia justa.

 

Conozca sus derechos:

Si el inglés no es su idioma principal, la oficina de la DSI debe proporcionarle servicios de interpretación en un idioma que usted entienda. Esta asistencia es gratuita. Si lo prefiere, puede pedir a un familiar o amigo que le interprete, pero la DSI no puede exigirle que utilice a un familiar o amigo. La DSI debe darle la opción de recibir servicios de interpretación sin costo alguno.

Si tiene una discapacidad física o mental que le dificulta completar el proceso de solicitud a cualquier programa, tiene derecho a que lo ayuden en una manera que lo haga posible. Deberá indicar al trabajador encargado de la solicitud el tipo de ayuda que necesita, por ejemplo, ayuda para rellenar los formularios o reunir la documentación. También puede solicitar una entrevista a domicilio o por teléfono en lugar de acudir a la oficina de la DSI.

Si usted o un miembro de su familia se encuentra con un problema al solicitar beneficios públicos que no puede ser resuelto con el ISD, por favor póngase en contacto con nosotros al (505) 255-2840 para obtener ayuda. Por favor, tenga en cuenta que el Centro sólo proporciona asistencia legal en circunstancias limitadas, y puede referirlo a otra agencia.

El New Mexico Center on Law and Poverty, en colaboración con otros miembros de la New Mexicans for Fair Lending Coalition, ha desarrollado una completa y gratuita Guía de Recursos para ayudar a las familias a acceder a programas que ayudan con el costo de diferentes gastos financieros como comestibles, necesidades médicas, cuidado de niños y más. También se puede ver o descargar en español aquí.

Algunas familias que reúnen los requisitos para acogerse a programas que pueden ayudar con recursos económicos no se inscriben porque quizá no conocen los programas, no están seguras de si cumplen los requisitos o el proceso de solicitud es inaccesible. Las guías de recursos contienen información sobre los programas disponibles, quién cumple los requisitos y cómo inscribirse.

Un recurso recurso sobre préstamos y cuentas asequibles y de bajo costo con cooperativas de crédito y bancos. El 1 de enero de 2023 entró en vigor en Nuevo México una nueva ley que exige que los préstamos de bajo monto se limiten a cobrar una tasa de interés anual (TAE) del 36% para préstamos de 500 dólares o menos.

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