En 2021, la Legislatura de Nuevo México aprobó la Ley de Protección de los Pacientes contra el Cobro de Deudas. Todavía se necesitan reglas para implementar la ley, pero las reglas propuestas actualmente carecen de protecciones clave para los pacientes. Este es un momento crítico para que el público opine.
La nueva ley:
- Prohíbe a los proveedores de servicios médicos y a los acreedores demandar a los pacientes con bajos ingresos o enviarlos a cobrar por sus deudas médicas.
- Obliga a los hospitales, centros de atención urgente y otros centros sanitarios a comprobar si los pacientes sin seguro cumplen los requisitos para acogerse a programas públicos como Medicaid y a ayudarles a inscribirse.
- Requiere que la Oficina del Superintendente de Seguros (OSI) emita normas que expliquen cómo los pacientes demuestran que tienen derecho a las protecciones de la ley.
Dígale al OSI que las protecciones básicas deben estar en las normas.
Las normas propuestas por la OSI incluyen varias disposiciones sólidas. Sin embargo, para garantizar que la ley proteja realmente a los pacientes de las deudas, son necesarias revisiones clave. Entre ellas:
(1) Exigir a los proveedores médicos y a los acreedores que determinen si un paciente tiene bajos ingresos antes de demandarlo o enviarlo a cobranza. Las normas propuestas por la OSI no exigen a los proveedores médicos o a los acreedores que comprueben los ingresos de un paciente antes de demandarlo o enviarlo a cobrar.
(2) La protección de los pacientes con bajos ingresos no debe expirar después de un año. Los pacientes que han demostrado que tienen bajos ingresos no deberían tener que presentar papeles anualmente para estar protegidos de demandas y de ser enviados a la cobranza por una factura médica. Las normas propuestas por la OSI permiten que esta protección caduque al cabo de un año, lo que supondría una carga para las familias y los proveedores de servicios médicos y dejaría en situación de riesgo a los pacientes a los que la legislatura protegió.
Cómo hacer oír tu voz:
- Presentar comentarios por escrito con el asunto "RE: Normas propuestas por el SB71"por 27 de septiembre en 4:00 p.m.
- Por correo electrónico a OSI-docketfiling@state.nm.us
- Por correo a OSI Records & Docketing, NM Office of Superintendent of Insurance, P.O. Box 1689, Santa Fe, NM 87504-1689
- Intervenir en una audiencia pública virtual en 27 de septiembre, 2021 en 9:00 horas. Cómo unirse:
- Por Zoom: https://us02web.zoom.us/j/83654595694 ID de la reunión: 836 5459 5694
- Por teléfono: 1-312-626-6799 Identificación de la reunión: 836 5459 5694